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Registration

 


¿Cuándo, cómo y por qué tengo que cambiar el registro de un vehículo?


En España se reclama un impuesto añadido 12% del valor de un vehículo en el momento del cambio de registro. (en el caso dado de un 7% para motor de gasolina por debajo de 1600 cc o para diesel por debajo de 2000 cc).

Algunas personas que viven en España y llevan automóviles con matrícula extranjera se libran fácilmente de este impuesto. Por eso, los controles fiscales se han reforzado. Estos controles van acompañados de mucha inseguridad.

Normalmente los controles los realiza la Policía Local, pero también la Guardia Civil, ya que tienen esta competencia para los controles de aduanas e impuestos especiales. Las comprobaciones y cobros, comos todas las otras formas de impuestos, las lleva a cabo Hacienda.

El alta de vehículo nuevos o usados debe hacerse como máximo en 30 días tras el siguiente momento, después de que el vehículo se haya utilizado en España (art. 65.1.d del Impuesto Especial sobre determinados Medios de Transporte, Ley 38/1992, de 28 de diciembre de Impuestos Especiales).

Si esta fecha no es fijable, se toma la más reciente: La fecha de compra del vehículo o la fecha en la que al conductor se le reconoce como residente.

Esta norma es válida para todos los extranjeros que tengan una propiedad o un alquiler para lo que sea en este país (podría ser tanto un piso como un negocio) siempre partiendo de la base de que esta persona tiene su domicilio fiscal en España. Y ese es el punto clave. Lo decisivo resulta que la persona que usa el vehículo sea contribuyente o no contribuyente en España. Por lo tanto es irrelevante quién sea el propietario del vehículo.

Las personas que tienen domicilio fiscal en España son aquellas que residen aquí habitualmente. La ley sobre impuestos que entra en vigor, contempla que una persona tiene su residencia habitual en España, cuando uno de los siguientes puntos entra en vigencia:

a)        permanecer más de 183 días en el territorio español

b)        que España sea el corazón o la base de las actividades de negocios o intereses

c)        cuando la pareja, no separada legalmente, o sus hijos menores de edad, que dependan de él/ella, vivan en España

¿Con qué consecuencias ha de contar uno cuando le para la Guardia Civil llevando una matrícula alemana? Hay dos respuestas posibles a esta pregunta: 

-Cuando la Guardia Civil o la Policía Local se entera de que uno siempre aparca el coche frente al mismo negocio donde usted sea el gerente o incluso el propietario, o bien se lleve en coche a los niños a la escuela, entonces se le considera  a uno según el punto b) y c) domiciliado en España. Y po ello será difícil para usted desestimar la presuposición de residencia. Deberá pagar el impuesto.

-cuando no se pueden aplicar las tres reglas “183 días- negocio-familia” deben desestimar la suposición de que usted sea residente. Como no residente fiscal, mi consejo sería que solicite un certificado a la delegación de hacienda alemana, que confirme, que usted es contribuyente allí. Entonces deje que le acrediten y que le traduzcan el documento. Lleve este papel siempre consigo en el coche junto con su último billete de vuelo para que usted pueda probar su último viaje a España. Si usted muestra este documento, es muy improbable que le inmovilicen el vehículo, lo que hasta ahora se practica como medio de coerción.

Se debe dejar claro que no existe ninguna norma con la que se pueda obligar a un extranjero que no sea residente en España a dar de alta su vehículo. Uno puede traer su vehículo a España y conducir con matrícula extranjera. También es legal dejar el coche siempre aquí cuando ,por ejemplo, uno quiere usar su coche estando de vacaciones en Mallorca.

Si usted no posee un documento del fisco alemán , la regla de los 183 días es razón suficiente para que se le considere a uno directamente contribuyente. El problema es, que por parte de la administración es muy difícil demostrar esto (lo mismo vale para usted, demostrar lo contrario). Como ahora solo faltan las pruebas, la administración aplica la suposición ¿qué pasa entonces? Como el plazo para dar de alta el vehículo es de 30 días, y además desde el momento en el que usted se ha convertido en contribuyente, es simplemente imposible comprobar, cuando concluye el plazo de 183+30 días. Entonces, no solo tendrá que pagar el 12% de impuestos, sino también los autobuses que en el mejor de los casos ascenderán al 40 %.




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